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DEFENSORÍA DE
LAS PERSONAS CON
IMPEDIMENTOS

Escudo
Porque tu Voz y tus Derechos Importan,
¡DPI Contigo!

Defensoría de las Personas
con Impedimentos, DPI

Ley Núm. 158 de 24 de septiembre de 2015

Crea la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la cual tendrá autonomía fiscal, programática y administrativa e independencia para llevar a cabo su labor fiscalizadora y establecer su organización administrativa; crear el cargo de Defensor de las Personas con Impedimentos, establecer sus deberes, facultades, funciones y responsabilidades y para otros fines relacionados.

Dicha Defensoría fiscalizará y promoverá la defensa de los derechos de las personas con impedimentos. Este organismo, mediante procesos educativos y fiscalizadores, velará por la erradicación del discrimen por razón de impedimento físico o mental, tomará acciones en contra del abuso o negligencia u otras formas de negación de derechos y garantizará que se establezcan e implanten prácticas y condiciones idóneas en instituciones, hospitales o programas para personas con impedimentos. Además, velará por el cumplimiento de la Ley 238-2004, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos”. La Defensoría será dirigida por un(a) Defensor(a) de las Personas con Impedimentos.  

El Artículo 2.02 crea el Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos y le asigna la responsablidad junto al(a la) Defensor(a), del establecimiento de políticas internas y de planes estratégicos relativos a la defensa de los derechos de las personas con impedimentos. Asimismo, velará por la gobernanza, autonomía, transparencia y rendición de cuentas de la Defensoría. Nombrará al(a la) Defensor(a), fiscalizará su desempeño y el cumplimiento de la política pública relacionada con los derechos de las personas con impedimentos, según establecido en esta Ley. Estará compuesto por nueve (9) personas.


Conoce al Defensor de las Personas con Impedimentos, Fernando L Díaz Rivera.

Enlace a Conoce sobre la Ley (Ley 158-2015 DPI.docx)
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Niña Bailarina

Programa Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos, CADPI

Ley Núm. 238 de 31 de agosto de 2004

Ratifica la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a favor del ejercicio más amplio de los derechos de las personas con impedimentos; establecer tales derechos y los deberes del Estado; otros fines relacionados. Garantizar una mejor calidad de vida a todas las personas con impedimentos en las áreas de empleo, educación, transportación, recreación, seguridad y vivienda.

Oficina Enlace de la Comunidad Sorda
con el Gobierno de Puerto Rico, OECS.

Ley Núm. 22 de 5 de agosto de 2021

Crea la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico, OECS, como una entidad adscrita a la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y establece que tendrá autonomía fiscal, programática y administrativa en el desempeño de las responsabilidades y prerrogativas delimitadas en esta Ley, para disponer sobre su funcionamiento, determinar su composición, deberes, facultades, responsabilidades y para otros fines relacionados. Contáctenos: oecs@dpi.pr.gov

Comunicados Recientes

Anuncios para la comunidad sorda y personas con otros impedimentos.
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Imagen del comunicado de Prensa
Iniciativa Paseo Libre - Guaynabo
October 14, 2026

El pasado 2 de octubre de 2026, realizamos una inspección ocular "Iniciativa Paseo Libre" en las aceras de la Avenida Esmeralda del Municipio de Guaynabo. El impacto se realizó con el personal de la DPI, con el propósito enforzar el cumplimiento de la accesibilidad para las personas con impedimentos.  Se identificaron hallazgos y se emitieron señalamientos basados en los requisitos vigentes sobre materia de accesibilidad, del Manual 2010 ADA Standards for Accessible Design. Un informe de referencia con hallazgos y recomendaciones fue notificado a la Administración Municipal, como medida para el desarrollo de acciones correctivas que dirijan al cumplimiento con los estándares recomendados.

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Imagen del comunicado de Prensa
Mayor Acceso a Personas con Impedimentos
September 28, 2026

Ahora las personas con impedimentos tendrán más facilidad para radicar querellas y solicitar servicios en la nueva plataforma de la Defensoría.

Imagen del comunicado de Prensa
Aviso Derogación Reglamentos
September 22, 2026

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El Defensor de las Personas con Impedimentos informa su decisión de derogar los siguientes reglamentos, según registrados en el Departamento de Estado:

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* Reglamento 4636 Reglas de procedimiento en las vistas administrativas.

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* Reglamento 6085 Reglas de procedimiento.

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Defensoría de las Personas con Impedimentos

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